¿Se puede conducir después de un infarto? Plazos y renovación del carnet

Ambulancia: volver a conducir después de un infarto

Sí: haber sufrido un infarto no te impide volver a conducir ni renovar el carnet, pero la ley marca unos plazos mínimos de espera y exige el visto bueno del cardiólogo. Desde 2018 esos plazos son más cortos de lo que mucha gente cree: 3 semanas para conductores particulares y 6 semanas para profesionales. En Cermeval, centro médico autorizado en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, realizamos cada semana reconocimientos a conductores que han pasado por un infarto, una angina o un cateterismo, y te contamos exactamente qué dice la normativa vigente en 2026.

¿Cuánto tiempo hay que esperar para conducir después de un infarto?

Los plazos los fija el Anexo IV del Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009, en la redacción dada por la Orden PRA/375/2018, de 11 de abril, vigente en 2026) para el síndrome coronario agudo, que incluye el infarto de miocardio:

  • Conductores del grupo 1 (permisos AM, A1, A2, A, B, B+E y licencia LCC): pueden obtener o renovar el permiso transcurridas al menos 3 semanas desde el infarto, con informe favorable del cardiólogo.
  • Conductores del grupo 2 (profesionales: C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E): deben esperar al menos 6 semanas y aportar, además del informe favorable del cardiólogo, una prueba ergométrica (prueba de esfuerzo) negativa y una fracción de eyección superior al 40 %.

El informe del cardiólogo no valora solo la recuperación del infarto: debe descartar secuelas como arritmias, fatiga o dolor anginoso que puedan interferir con la conducción.

La clasificación NYHA: cómo se valora tu capacidad funcional

Para valorar la capacidad funcional tras un evento cardíaco, la normativa utiliza la clasificación de la New York Heart Association (NYHA):

  • Clase funcional I: la actividad física diaria no provoca fatiga, palpitaciones, disnea ni dolor anginoso.
  • Clase funcional II: la actividad diaria provoca síntomas moderados.
  • Clase funcional III: aparecen síntomas con esfuerzos menores a los habituales.
  • Clase funcional IV: hay síntomas incluso en reposo.

¿Y si me han puesto un stent o me han hecho un bypass?

La normativa también contempla las intervenciones coronarias más habituales:

  • Stent programado (intervención coronaria percutánea): los conductores del grupo 1 pueden volver a conducir transcurrida 1 semana, sin angina de reposo y con informe favorable del cardiólogo (vigencia de hasta 3 años). Los del grupo 2, tras 4 semanas y con pruebas favorables (vigencia máxima de 2 años). Si el stent se colocó por un infarto o angina inestable, se aplican los plazos del síndrome coronario agudo.
  • Cirugía de bypass (revascularización coronaria): grupo 1, a las 6 semanas de la cirugía (vigencia de 1 año y después hasta 3); grupo 2, a los 3 meses, con ergometría negativa y fracción de eyección superior al 40 %.

¿Se puede conducir con marcapasos?

Sí. Con un marcapasos implantado, los conductores del grupo 1 pueden obtener o renovar el permiso transcurridas al menos 2 semanas desde la implantación, con informe del cardiólogo que verifique el buen estado del dispositivo y la curación de la herida; la vigencia del permiso será de 3 años. Los conductores profesionales (grupo 2) deben esperar 4 semanas y su permiso tendrá una vigencia de 2 años.

¿Se puede conducir con un DAI (desfibrilador automático implantable)?

Los conductores del grupo 1 pueden conducir con un DAI: a los 3 meses de la implantación si fue por prevención secundaria (tras un evento arrítmico) o a las 2 semanas si fue por prevención primaria, con vigencia del permiso de 1 año.

Si el DAI llega a aplicar una descarga apropiada, no se podrá renovar el permiso hasta pasar al menos 3 meses sin recurrencia y con informe favorable del especialista. Si la descarga fue inapropiada, habrá que corregir primero la causa que la provocó.

En el grupo 2 (conductores profesionales) el DAI no se admite: no es posible obtener ni renovar los permisos profesionales con este dispositivo.

¿Cada cuánto se renueva el carnet después de un infarto?

Superados los plazos de espera, el permiso se renueva con periodos de vigencia reducidos:

Situación Espera mínima Primera vigencia Vigencias siguientes
Infarto — grupo 1 (particulares) 3 semanas 1 año Hasta 3 años
Infarto — grupo 2 (profesionales) 6 semanas 1 año Hasta 2 años
Angina estable — grupo 1 Tratamiento instaurado y sin síntomas 3 años
Angina estable — grupo 2 Pruebas sin isquemia grave 2 años
Marcapasos — grupo 1 / grupo 2 2 / 4 semanas 3 años / 2 años
DAI — solo grupo 1 3 meses (prev. secundaria) o 2 semanas (primaria) 1 año

Para otras patologías cardíacas puedes consultar el texto consolidado del Reglamento General de Conductores en el BOE.

¿Cuánto cuesta renovar el carnet si he sufrido un infarto?

El coste es el mismo que en cualquier renovación: la tasa 4.3 de la DGT, que en 2026 es de 24,58 € si renuevas con la vigencia ordinaria. Cuando el informe del cardiólogo acorta la vigencia del permiso, algo habitual tras un infarto, la tasa se reduce en proporción: 4,92 € hasta un año, 9,83 € hasta dos, 14,75 € hasta tres y 19,67 € hasta cuatro. Los mayores de 70 años están exentos de pagarla. A la tasa se suma el reconocimiento médico en un centro autorizado. En Cermeval tenemos tarifas muy competitivas y hacemos todo el trámite con la DGT por ti: no necesitas pasar por Tráfico, y tu nuevo permiso llega a casa.

Novedades 2026: qué cambia (y qué no) con la nueva directiva europea

La nueva directiva europea del permiso de conducción, aprobada a finales de 2025, ampliará la vigencia general del permiso B de 10 a 15 años y permitirá a cada país decidir cómo evalúa la aptitud de sus conductores. Los Estados miembros tienen unos 3 años para trasponerla, y en España el reconocimiento médico en un centro autorizado sigue siendo obligatorio para renovar. Los criterios cardiológicos que te hemos contado (plazos tras infarto, marcapasos, DAI) siguen plenamente vigentes en 2026.

Consejos si conduces después de un infarto o una angina

  • Evita el estrés al volante: programa los trayectos fuera de horas punta, especialmente en ciudad.
  • Si tomas anticoagulantes o antiagregantes: los anticoagulantes (acenocumarol, warfarina) y los antiagregantes (clopidogrel, ácido acetilsalicílico) aumentan el riesgo de sangrado; ante cualquier contusión o signo de hemorragia, deja de conducir y consulta a tu especialista.
  • Para ante el primer síntoma: si notas fatiga, angustia o dolor, detén el vehículo. Conducir acompañado es una buena idea las primeras semanas.
  • Cuida la base: dieta baja en grasas, ejercicio adaptado y revisiones periódicas con tu cardiólogo reducen el riesgo de recaída.

Renueva tu carnet en Valencia sin complicaciones

Si has pasado por un infarto y te toca renovar, en Cermeval te lo ponemos fácil: hacemos el certificado médico oficial y la renovación del permiso de conducir en una sola visita, con tramitación directa ante la DGT. Estamos en Valencia, junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado. Trae el informe de tu cardiólogo y nosotros nos encargamos del resto.

Pide tu cita previa aquí o consulta más información sobre el certificado médico para conducir en Valencia.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para conducir después de un infarto?

Como mínimo 3 semanas si tienes permisos del grupo 1 (coche, moto) y 6 semanas si eres conductor profesional (grupo 2), siempre con informe favorable del cardiólogo. Lo fija el Anexo IV del Reglamento General de Conductores desde 2018.

¿Tengo que avisar a la DGT de que he tenido un infarto?

No existe un trámite para comunicarlo de inmediato: tu aptitud se evalúa en el reconocimiento médico al renovar el permiso. Eso sí, conducir sin respetar los plazos o sin el visto bueno del cardiólogo puede acarrear problemas legales y con tu seguro en caso de accidente.

¿Puedo conducir con un stent?

Sí. Si el stent fue programado, puedes conducir transcurrida 1 semana (grupo 1) con informe favorable del cardiólogo. Si te lo pusieron por un infarto, se aplican los plazos del síndrome coronario agudo: 3 semanas (grupo 1) o 6 semanas (grupo 2).

¿Puedo conducir con marcapasos?

Sí: a las 2 semanas de la implantación (grupo 1) o a las 4 semanas (grupo 2), con informe del cardiólogo. La vigencia del permiso será de 3 años (grupo 1) o 2 años (grupo 2).

¿Puedo conducir con un desfibrilador (DAI)?

Con permisos del grupo 1, sí: a los 3 meses de la implantación (prevención secundaria) o a las 2 semanas (prevención primaria), renovando cada año. Los conductores profesionales (grupo 2) no pueden conducir con un DAI implantado.

¿Cuánto cuesta renovar el carnet de conducir tras un infarto?

Lo mismo que cualquier renovación: la tasa 4.3 de la DGT (24,58 € en 2026) más el reconocimiento médico en un centro autorizado como Cermeval, en Valencia. Si el cardiólogo acorta la vigencia de tu permiso, la tasa se reduce: 4,92 € hasta un año, 9,83 € hasta dos, 14,75 € hasta tres y 19,67 € hasta cuatro. Los mayores de 70 años están exentos.

APNEA DEL SUEÑO

QUÉ ES LA APNEA DEL SUEÑO (SAS)

Se trata de un trastorno del sueño a nivel respiratorio que se produce durante el sueño de manera repetitiva, con una duración superior a los 10 segundos y con un mínimo de 5-10 episodios/hora.

Durante estas pausas en la respiración se produce una disminución de la saturación arterial de oxígeno superior a un 4% de la basal. También se activa el sistema simpático, que está relacionado con una mayor frecuencia de enfermedades cardiovasculares en estos pacientes.

El más común es el SAS obstructivo o síndrome de Pickwick, el cual se produce por un bloqueo de las vías respiratorias superiores.

QUE CAUSA LA APNEA DEL SUEÑO

En la mayoría de los casos la apnea del sueño está relacionada con el abultamiento y/o laxitud de músculos y otros tejidos del cuello y garganta. Esto puede estar provocado por el consumo de drogas (ansiolíticos, alcohol, etc.) o simplemente por la edad avanzada. También pueden causar apnea del sueño la estructura física del paciente o lesiones cerebrales y neurológicas.

A modo orientativo, los motivos que suelen llevar a sufrir las causas que provocan la apnea están relacionados con:

  • Sobrepeso/obesidad. Cuellos gordos/papada.
  • Grandes amígdalas o vegetaciones.
  • Hipertensión.
  • Mandíbula retrasada.
  • Consumo de alcohol o tabaco.
  • Congestión nasal habitual.
  • Factores genéticos.
  • Sindrome de Down.
  • Malformaciones de estrutura facial.

CÓMO SE DETECTA

Dado que la apnea del sueño se produce durante los momentos de mayor relajación, el paciente no suele acordarse de este problema o puede pensar que se ha despertado por otro motivo. Estos hechos ocasionan que no sea fácil de detectar por uno mismo. Sí es detectado fácilmente por una persona que observe el sueño del paciente. Ronquidos altos, silencios repentinos o sobresaltos son habituales. Otra forma de detectarlo es a través de los síntomas que provoca (cansancio, somnolencia, narcolepsia, falta de concentración, dolores de cabeza, insomnio, ansiedad, depresión, irritabilidad, sequedad de garganta y boca y ronquera).

Existe un test rápido para la detección de la somnolencia llamado Test de Epworth.

El siguiente paso, una detectada la posibilidad de estar sufriendo apnea del sueño, es conocer el grado del problema y el motivo concreto que lo provoca. Con este objetivo se puede realizar un estudio del sueño o polisomnografía junto con una oximetría y/o con la escala de somnolencia de Epworth.

TRATAMIENTO DE LA APNEA DEL SUEÑO OBSTRUCTIVA

Todo tratamiento debe ser prescrito por un médico especialista en la materia y dependerá del grado de la apnea y del motivo que lo provoca.

Las recomendaciones más comunes y habituales suelen estar relacionadas con la pérdida de peso, actividad física, la reducción o supresión de alcohol, sedantes, tabaco u otras drogas, cambiar la posición del descanso.

Otro tratamiento es el uso de una máquina que provee presión de aire continua y regular que mantiene abiertas las vías respiratorias y evita en la mayoría de los casos la apnea del sueño obstructiva. Este aparato se le conoce con las siglas CPAP (continuous positive airway pressure). Es el tratamiento más usado junto con el cambio de hábitos saludables y que tiene un alto porcentaje de éxito. Existen distintos tipos de CPAP y de mascarillas que se adaptan a cada paciente y se recomienda que sea un médico quien prescriba el CPAP que mejor se adapte a cada paciente y antes de cambiar de una máquina a otra se recomienda asegurarse de que se está utilizando correctamente.

Uso de dispositivos orales: son piezas que se introducen en la boca para adelantar la mandíbula mientras el paciente duerme y buscar dar una mayor apertura de las vías respiratorias al paciente.

Cirugía: hay distintos procedimientos quirúrgicos, pero los más comunes son la implantación de varillas en el paladar, la uvulopalatofaringoplastia, que retira una parte de tejido de la parte posterior de la boca y/o garganta y la traqueotomía, que abre un orificio en la tráquea insertando un tubo en el mismo.

La cirugía suele ser la última opción dado su carácter irreversible, los riesgos asociados a cualquier cirugía y el hecho de que la cirugía no asegura al 100% corregir la apnea.

APNEA DEL SUEÑO Y CONDUCCIÓN

La apnea del sueño puede tener una incidencia grande durante la conducción de vehículos en la red de carreteras. De hecho, la somnolencia que provoca la apnea del sueño es una de las principales causas de accidentes de tráfico, ya sea con resultado o no de muerte. Se estima, por distintos estudios realizados en distintos países que el porcentaje puede estar entorno al 2,5% y 3,5%.

No solamente causa somnolencia la apnea obstructiva, pero sí se ha demostrado que es la que más riesgo representa.

Ante estos datos, la Unión Europea incluyó esta dolencia entre los requisitos psicofísicos necesarios para la obtención y el mantenimiento de los diferentes permisos de conducción. España decidió actualizar su reglamento de conductores mediante el Real Decreto 1055/2015 de 20 de noviembre. En su anexo IV, punto 7.2 se introducen los criterios SAHS grave y las restricciones para la obtención de los permisos de conducción.

Dependiendo de tipo de vehículos y del grado de somnolencia diagnosticado se contempla incluso la no admisión del permiso de conducir. Sin embargo, en la mayoría de casos, presentando un informe favorable de una unidad de sueño (UDS) en el que aparezca un adecuado cumplimiento del tratamiento y un control clínico satisfactorio de la enfermedad se podrá acceder a la obtención del permiso de conducir.

De esta forma, los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) deben valorar individualmente a cada conductor respecto a la somnolencia y la apnea del sueño. En el caso de no presentar el informe de la unidad del sueño el permiso de conducir será interrumpido.

Para los conductores no diagnosticados se recomienda realizar en las CRC dos sistemas de cribado (cuestionario Stop-Bang y el test de Epworth), lo que junto con la existencia de accidentes con víctimas en los tres últimos años servirá para decidir la aptitud o no para conducir.

INCIDENCIA DE LA APNEA DEL SUEÑO EN LA CONDUCCIÓN

Hay múltiples trabajos que describen los siguientes efectos en las personas que tienen apneas del sueño:

Tienen mayor probabilidad que la población general de sufrir un accidente.

Hay una asociación directa entre apneas del sueño y accidentes de tráfico, que además, se incrementa cuando se consume alcohol durante el trayecto.

Que los roncadores habituales con apneas tienes también un mayor riesgo de sufrir accidentes que los que no roncan.

CONCLUSIONES

Las personas que padecen apnea del sueño que se encuentren sin tratamiento no pueden conducir.

Los pacientes con apnea del sueño obstructivo tratados y controlados con periódicas revisiones médicas podrán obtener o renovar el carnet de conducir con los tiempos que marca la ley.

Los pacientes deben evitar los sedantes para dormir y los diuréticos al final del día, no tomar alcohol, no fumar, no tomar cenas copiosas y acostarse sobre un lado para mantener las vías respiratorias más abiertas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

Pide tu cita

 

 

¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

Si necesitas actualizar tu permiso de conducir acreditando que tu diabetes está perfectamente controlada, en nuestro centro de reconocimientos médicos Cermeval, en Valencia, puedes realizar este trámite de una forma rápida y cómoda.

TODO LO QUE DEBES SABER PARA RENOVAR EL CARNET SI TIENES DIABETES

La renovación del permiso de conducir de una persona diabética transcurre de igual forma que la de una persona que no lo es, a excepción de que el paciente diabético deberá aportar en el centro de reconocimiento un informe de su endocrino en el que se certifique que la patología esté perfectamente controlada.

Sigue leyendo y comprueba qué requisitos debes cumplir para poder realizar la renovación del carnet sin problemas.

¿POR QUÉ LOS DIABÉTICOS TIENEN QUE APORTAR UN INFORME MÉDICO PARA RENOVAR EL PERMISO DE CONDUCIR?

La necesidad del informe de un especialista endocrino radica en que, para que la DGT acepte la renovación del carnet de conducir de un paciente diabético, tiene que estar debidamente acreditado que la enfermedad está controlada.

Es decir, el paciente no debe haber sufrido períodos severos de hipoglucemia en el último año, así como tampoco deben haber aparecido enfermedades aparejadas a la diabetes: retinopatías, neuropatías, enfermedades vasculares …

¿CADA CUÁNTO TIEMPO DEBE RENOVAR UNA PERSONA CON DIABETES EL PERMISO DE CONDUCIR?

Si bien los plazos normales de renovación en individuos sanos es de 10 años hasta cumplir los 65 años y de 5 años a partir de esta edad, en las personas que padecen diabetes encontramos diferentes períodos en función del grado de su enfermedad y en función del tipo de permiso a renovar.

Por lo general, una persona con diabetes deberá renovar el carnet de conducir cada 5 años según la directiva europea de 2010.

Para casos excepcionales, en los que el paciente diabético es un conductor profesional, los períodos oscilan entre uno y tres años. Un año para conductores profesionales insulino dependientes, y tres años para los profesionales de la conducción tratados únicamente con antidiabéticos orales.

De todas formas, estos períodos pueden variar en función del criterio facultativo, ya que si el endocrino interpreta que la enfermedad no está lo suficientemente controlada para proponer un período de renovación acorde a lo que fija la ley, podrá reducirlo en cuánto lo estime oportuno.

Te dejamos un cuadro con los diferentes períodos de renovación del carnet. Todos ellos los tenemos disponibles en nuestro centro Cermeval en Valencia.

Tipo de conductor/a Tipo de permiso Período de validez del permiso (años)
Conductor diabético (CD) no profesional AM, A1, A2, A, B y B+E. 5
CD profesional no insulino dependiente (diabetes tipo 2) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 3
CD profesional insulino dependiente (diabetes tipo 1) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 1

¿POR QUÉ EL PERÍODO DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR EN DIABÉTICOS ES MENOR?

Para que el paciente diabético conduzca con toda la seguridad posible sin poner en riesgo su vida y la de los demás conductores.

Como bien sabes, uno de los principales síntomas de la diabetes es la hipoglucemia. La hipoglucemia al volante es muy peligrosa ya que puede provocar episodios de pérdida de la conciencia. Por lo tanto, el endocrino debe acreditar regularmente que estos episodios no se producen y que la enfermedad está perfectamente controlada.

Además de la hipoglucemia, de la diabetes se derivan otra serie de secuelas que se reproducen en diferentes partes del organismo.

Tanto el oído como la visión pueden verse afectados durante un pico de glucemia. Los capilares sanguíneos que riegan estos órganos pueden verse afectados y por ende podemos perder visión y/o audición.

Otra de las afectaciones orgánicas derivadas de la diabetes es la pérdida de sensibilidad y las alteraciones neurológicas.El aumento de azúcar en sangre puede interferir en el correcto funcionamiento de los nervios. Esto puede llevar a tener problemas a la hora de usar los pedales del coche por pérdida de sensibilidad o por fallos en el movimiento.

¿CADA CUANTO SE RENUEVAN EN FUNCION DE LA EDAD LOS DIFERENTES CARNETS DE CONDUCIR Y DE BARCO EN DIABÉTICOS?

Como hemos visto, los períodos de renovación del carnet de conducir en diabéticos oscilan entre los 5 y 1 años en función del tipo de conductor y de diabetes. Igualmente hemos visto que estos períodos pueden cambiar en función del criterio médico.

Por otra parte, en cuanto a la renovación del permiso de patrón en diabéticos se deberá realizar cada cuatro años. De igual forma, este período puede verse alterado dependiendo de la evaluación del especialista.

Es importante recordar que en cuanto a la renovación del permiso de patrón lo que se debe renovar son las tarjetas que lo acreditan ya que el título de patrón no tiene fecha de caducidad.

RECOMENDACIONES DIETÉTICAS PARA EL MANEJO DE LA DIABETES

La principal recomendación alimentaria que se debe dar a un diabético es la de seguir una dieta sana, variada y equilibrada. Esto quiere decir que se debe realizar un reparto de los nutrientes de un 50-60% de hidratos de carbono, un 20/30% de proteínas y un 15/30% de grasas.

Generalmente un adulto diabético debe consumir unas 35 Kcal/kg/día, es decir, unas 2500 calorías al día aproximadamente.

Alguna de las cuestiones alimentarias a tener en cuenta para un diabético es que debe vigilar el consumo de grasas más que una persona que no padezca la enfermedad. Esto se debe a que las grasas pueden disminuir el número de receptores celulares de insulina por lo que dicha hormona perdería efectividad.

Los hidratos de carbono, que durante mucho tiempo han estado casi prohibidos en los diabéticos, deben consumirse al igual que en el resto de la población. Eso sí, se recomienda la ingesta de azúcares de absorción lenta para no provocar picos de azúcar en sangre. Se pueden consumir panes integrales, pastas y legumbres entre otros. Se deben evitar refrescos azucarados y bollería industrial.

En cuanto a la fibra alimentaria, el paciente diabético deberá consumir hasta 35 g/día. Cinco gramos más que las personas no diabéticas. Frutas, verduras y hortalizas son una excelente fuente de fibra alimentaria.

Es importante consumir al menos 1,5 litros de agua al día y como ya sabes se no se aconseja el consumo de alcohol y bebidas azucaradas (zumos industriales, refrescos etc.)

¿CUÁL ES EL PRECIO PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI ERES DIABÉTICO/A?

Los conductores diabéticos deben hacer frente a las mismas tasas para renovar el carnet que los que no padecen dicha enfermedad. Dichas tasas rondan los 25€ a los cuales hay que sumarle los honorarios del centro médico en el que se acredita la idoneidad del conductor para renovar el permiso.

Este hecho puede llevar a la picaresca, es decir, a plantearse el no reconocer la enfermedad durante el reconocimiento para así obtener un período de renovación más prolongado. Desde Cermeval te instamos a no hacerlo ya que puedes poner en peligro tu vida y la de los demás conductores. Además, el ocultar esta dolencia durante el examen médico constituye un delito y en caso de accidente exonera a la compañía de seguros de hacer frente a cualquier compensación.

Por lo tanto, te recomendamos acudir a tu renovación puntualmente y re recordamos que en Cermeval trabajamos con unos precios muy competitivos más económicos de lo que te imaginas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

WHERE TO RENEW YOUR DRIVING LICENSE IN VALENCIA IF YOU ARE DIABETIC?

WHERE TO RENEW YOUR DRIVING LICENSE IN VALENCIA IF YOU ARE DIABETIC?

If you need to renew your driving license and you are diabetic, at our Cermeval medical examination center in Valencia, you can carry out this procedure quickly and comfortably.

EVERYTHING YOU NEED TO KNOW TO RENEW YOUR CARD IF YOU HAVE DIABETES

The renewal of the driving license of a diabetic person takes place in the same way as that of a person who is not, with the exception that the diabetic patient must provide the recognition center with a report from his or her endocrinologist certifying that the pathology is perfectly controlled. Keep reading and check what requirements you must meet to be able to renew your license without problems.

WHY DO DIABETICS HAVE TO PROVIDE A MEDICAL REPORT TO RENEW THEIR DRIVING LICENSE?

The need for a report from an endocrine specialist lies in the fact that, for the General Directorate of Traffic to accept the renewal of a diabetic patient’s driving license, it must be duly proven that the disease is controlled. That is, the patient must not have suffered severe periods of hypoglycemia in the last year, nor must any diseases associated with diabetes have appeared: retinopathies, neuropathies, vascular diseases… However, if associated diseases appear, do not worry, it does not mean that I can’t drive.

HOW OFTEN SHOULD A PERSON WITH DIABETES RENEW THEIR DRIVING LICENSE?

Although the normal renewal periods in healthy individuals are 10 years until reaching the age of 65 and 5 years from this age, in people who suffer from diabetes we find different periods depending on the degree of their disease and depending on the type. permit to renew. Generally, a person with diabetes must renew their driving license every 5 years according to the 2010 European directive. For exceptional cases, in which the diabetic patient is a professional driver, the periods range between one and three years. One year for insulin-dependent professional drivers, and three years for driving professionals treated only with oral antidiabetics. In any case, these periods may vary depending on the physician’s criteria, since if the endocrinologist interprets that the disease is not sufficiently controlled to propose a renewal period in accordance with what is established by law, he may reduce it as much as he deems appropriate.

WHY IS THE DRIVER’S LICENSE RENEWAL PERIOD FOR DIABETIC PEOPLE IS SHORTER?

So that the diabetic patient can drive as safely as possible without putting his or her life and that of other drivers at risk. As you well know, one of the main symptoms of diabetes is hypoglycemia. Hypoglycemia while driving is very dangerous as it can cause episodes of loss of consciousness. Therefore, the endocrinologist must regularly prove that these episodes do not occur and that the disease is perfectly controlled. In addition to hypoglycemia, diabetes results in another series of sequelae that are reproduced in different parts of the body. Both hearing and vision can be affected during a blood sugar spike. The blood capillaries that supply these organs can be affected and therefore we can lose vision and/or hearing. Another of the organic effects derived from diabetes is the loss of sensitivity and neurological alterations. Increased blood sugar can interfere with the proper functioning of the nerves. This can lead to problems when using the car pedals due to loss of sensitivity or failures in movement.

HOW OFTEN ARE DIFFERENT DRIVING AND BOAT LICENSES RENEWED DEPENDING ON AGE FOR DIABETIC PEOPLE?

As we have seen, the renewal periods for diabetic driving licenses range between 5 and 1 years depending on the type of driver and diabetes. We have also seen that these periods can change depending on medical criteria. On the other hand, regarding the renewal of the employer’s permit for diabetics, it must be carried out every four years. Likewise, this period may be altered depending on the specialist’s evaluation. It is important to remember that regarding the renewal of the skipper’s permit, what must be renewed are the cards that accredit it since the skipper’s title has no expiration date.

DIETARY RECOMMENDATIONS FOR THE MANAGEMENT OF DIABETES

The main dietary recommendation that should be given to a diabetic is to follow a healthy, varied and balanced diet. This means that a distribution of nutrients must be made of 50-60% carbohydrates, 20/30% proteins and 15/30% fats. Generally, a diabetic adult should consume about 35 Kcal/kg/day, that is, approximately 2500 calories per day. Some of the dietary issues to take into account for a diabetic is that they must watch their fat consumption more than a person who does not suffer from the disease. This is because fats can decrease the number of cellular insulin receptors, so this hormone would lose effectiveness. Carbohydrates, which for a long time have been almost prohibited for diabetics, should be consumed as in the rest of the population. Of course, the intake of slowly absorbed sugars is recommended to avoid causing blood sugar spikes.

You can consume whole grain breads, pastas and legumes, among others. Sugary soft drinks and industrial pastries should be avoided. Regarding dietary fiber, diabetic patients should consume up to 35 g/day. Five grams more than non-diabetic people. Fruits, vegetables and greens are an excellent source of dietary fiber. It is important to consume at least 1.5 liters of water a day and, as you already know, the consumption of alcohol and sugary drinks (industrial juices, soft drinks, etc.) is not recommended.

WHAT IS THE PRICE TO RENEW YOUR DRIVER’S LICENSE IF YOU ARE DIABETIC?

Diabetic drivers must face the same fees to renew their license as those who do not suffer from this disease. These fees are around €25, to which must be added the fees of the medical center where the driver’s suitability to renew the permit is accredited. This fact can lead to picaresque, that is, to considering not recognizing the disease during recognition in order to obtain a longer renewal period. At Cermeval we urge you not to do so as you may endanger your life and that of other drivers. Furthermore, concealing this condition during the medical examination constitutes a crime and in the event of an accident exonerates the insurance company from facing any compensation. Therefore, we recommend that you attend your renewal on time and we remind you that at Cermeval we work with very competitive prices that are cheaper than you imagine. Finally, we remind you that at Cermeval we will be happy to assist you, remember we are in Valencia next to the Provincial Traffic Headquarters, open from Monday to Saturday.


 

¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

Si necesitas renovar  tu permiso de conducir y eres diabético , en nuestro centro de reconocimientos médicos Cermeval, en Valencia, puedes realizar este trámite de una forma rápida y cómoda.

TODO LO QUE DEBES SABER PARA RENOVAR EL CARNET SI TIENES DIABETES

La renovación del permiso de conducir de una persona diabética transcurre de igual forma que la de una persona que no lo es, a excepción de que el paciente diabético deberá aportar en el centro de reconocimiento un informe de su endocrino en el que se certifique que la patología esté perfectamente controlada.

Sigue leyendo y comprueba qué requisitos debes cumplir para poder realizar la renovación del carnet sin problemas.

¿POR QUÉ LOS DIABÉTICOS TIENEN QUE APORTAR UN INFORME MÉDICO PARA RENOVAR EL PERMISO DE CONDUCIR?

La necesidad del informe de un especialista endocrino radica en que, para que la Dirección General de Trafico acepte la renovación del carnet de conducir de un paciente diabético, tiene que estar debidamente acreditado que la enfermedad está controlada.

Es decir, el paciente no debe haber sufrido períodos severos de hipoglucemia en el último año, así como tampoco deben haber aparecido enfermedades aparejadas a la diabetes: retinopatías, neuropatías, enfermedades vasculares … sin embargo si aparecieran enfermedades asociadas, no se preocupe, no significa que no pueda conducir.

¿CADA CUÁNTO TIEMPO DEBE RENOVAR UNA PERSONA CON DIABETES EL PERMISO DE CONDUCIR?

Si bien los plazos normales de renovación en individuos sanos es de 10 años hasta cumplir los 65 años y de 5 años a partir de esta edad, en las personas que padecen diabetes encontramos diferentes períodos en función del grado de su enfermedad y en función del tipo de permiso a renovar.

Por lo general, una persona con diabetes deberá renovar el carnet de conducir cada 5 años según la directiva europea de 2010.

Para casos excepcionales, en los que el paciente diabético es un conductor profesional, los períodos oscilan entre uno y tres años. Un año para conductores profesionales insulino dependientes, y tres años para los profesionales de la conducción tratados únicamente con antidiabéticos orales.

De todas formas, estos períodos pueden variar en función del criterio facultativo, ya que si el endocrino interpreta que la enfermedad no está lo suficientemente controlada para proponer un período de renovación acorde a lo que fija la ley, podrá reducirlo en cuánto lo estime oportuno.

Te dejamos un cuadro con los diferentes períodos de renovación del carnet. Todos ellos los tenemos disponibles en nuestro centro Cermeval en Valencia.

Tipo de conductor/a Tipo de permiso Período de validez del permiso (años)
Conductor diabético (CD) no profesional AM, A1, A2, A, B y B+E. 5
CD profesional no insulino dependiente (diabetes tipo 2) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 3
CD profesional insulino dependiente (diabetes tipo 1) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 1
¿POR QUÉ EL PERÍODO DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR EN DIABÉTICOS ES MENOR?

Para que el paciente diabético conduzca con toda la seguridad posible sin poner en riesgo su vida y la de los demás conductores.

Como bien sabes, uno de los principales síntomas de la diabetes es la hipoglucemia. La hipoglucemia al volante es muy peligrosa ya que puede provocar episodios de pérdida de la conciencia. Por lo tanto, el endocrino debe acreditar regularmente que estos episodios no se producen y que la enfermedad está perfectamente controlada.

Además de la hipoglucemia, de la diabetes se derivan otra serie de secuelas que se reproducen en diferentes partes del organismo.

Tanto el oído como la visión pueden verse afectados durante un pico de glucemia. Los capilares sanguíneos que riegan estos órganos pueden verse afectados y por ende podemos perder visión y/o audición.

Otra de las afectaciones orgánicas derivadas de la diabetes es la pérdida de sensibilidad y las alteraciones neurológicas.El aumento de azúcar en sangre puede interferir en el correcto funcionamiento de los nervios. Esto puede llevar a tener problemas a la hora de usar los pedales del coche por pérdida de sensibilidad o por fallos en el movimiento.

¿CADA CUANTO SE RENUEVAN EN FUNCION DE LA EDAD LOS DIFERENTES CARNETS DE CONDUCIR Y DE BARCO EN DIABÉTICOS?

Como hemos visto, los períodos de renovación del carnet de conducir en diabéticos oscilan entre los 5 y 1 años en función del tipo de conductor y de diabetes. Igualmente hemos visto que estos períodos pueden cambiar en función del criterio médico.

Por otra parte, en cuanto a la renovación del permiso de patrón en diabéticos se deberá realizar cada cuatro años. De igual forma, este período puede verse alterado dependiendo de la evaluación del especialista.

Es importante recordar que en cuanto a la renovación del permiso de patrón lo que se debe renovar son las tarjetas que lo acreditan ya que el título de patrón no tiene fecha de caducidad.

RECOMENDACIONES DIETÉTICAS PARA EL MANEJO DE LA DIABETES

La principal recomendación alimentaria que se debe dar a un diabético es la de seguir una dieta sana, variada y equilibrada. Esto quiere decir que se debe realizar un reparto de los nutrientes de un 50-60% de hidratos de carbono, un 20/30% de proteínas y un 15/30% de grasas.

Generalmente un adulto diabético debe consumir unas 35 Kcal/kg/día, es decir, unas 2500 calorías al día aproximadamente.

Alguna de las cuestiones alimentarias a tener en cuenta para un diabético es que debe vigilar el consumo de grasas más que una persona que no padezca la enfermedad. Esto se debe a que las grasas pueden disminuir el número de receptores celulares de insulina por lo que dicha hormona perdería efectividad.

Los hidratos de carbono, que durante mucho tiempo han estado casi prohibidos en los diabéticos, deben consumirse al igual que en el resto de la población. Eso sí, se recomienda la ingesta de azúcares de absorción lenta para no provocar picos de azúcar en sangre. Se pueden consumir panes integrales, pastas y legumbres entre otros. Se deben evitar refrescos azucarados y bollería industrial.

En cuanto a la fibra alimentaria, el paciente diabético deberá consumir hasta 35 g/día. Cinco gramos más que las personas no diabéticas. Frutas, verduras y hortalizas son una excelente fuente de fibra alimentaria.

Es importante consumir al menos 1,5 litros de agua al día y como ya sabes se no se aconseja el consumo de alcohol y bebidas azucaradas (zumos industriales, refrescos etc.)

¿CUÁL ES EL PRECIO PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI ERES DIABÉTICO/A?

Los conductores diabéticos deben hacer frente a las mismas tasas para renovar el carnet que los que no padecen dicha enfermedad. Dichas tasas rondan los 25€ a los cuales hay que sumarle los honorarios del centro médico en el que se acredita la idoneidad del conductor para renovar el permiso.

Este hecho puede llevar a la picaresca, es decir, a plantearse el no reconocer la enfermedad durante el reconocimiento para así obtener un período de renovación más prolongado. Desde Cermeval te instamos a no hacerlo ya que puedes poner en peligro tu vida y la de los demás conductores. Además, el ocultar esta dolencia durante el examen médico constituye un delito y en caso de accidente exonera a la compañía de seguros de hacer frente a cualquier compensación.

Por lo tanto, te recomendamos acudir a tu renovación puntualmente y re recordamos que en Cermeval trabajamos con unos precios muy competitivos más económicos de lo que te imaginas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

¿Y si miento en el reconocimiento médico?

test psicotecnicoHay determinadas enfermedades que limitan la duración del permiso de conducir, o nos causan otras limitaciones. Puede ser que pensemos en no decirlas durante el reconocimiento, y así renovaremos por más tiempo. En este artículo de el debate vemos los inconvenientes. Y no son pocos…

De verdad, ¿merece la pena por tener el carnet de conducir más tiempo, arriesgarnos a tener problemas con el seguro en un siniestro, o incurrir en falsedad en documental? En Cermeval pensamos que no… Y además estamos colaborando a una mejor seguridad vial. No te la juegues!!

 

Que hago si he perdido mi permiso de conducir

Si has perdido, o no encuentras tu permiso de conducir, en este caso, tu permiso está en vigor por lo que tienes dos opciones: Si dispones de un sistema de identificación ante la administración que se llama cl@ve-Pin, puedes descargarte la aplicación mi Dgt que te permite llevar tu carnet de conducir en el movil. Si no tienes ese sistema de identificación, puedes obtenerlo aqui.

La otra opción es solicitar un duplicado en el 060. El problema es que necesitas comprar una tasa de 20.80 € por internet, por lo que necesitas tener certificado digital. Con la opción de la APP evitas ese gasto de 20.80 €.

De esta forma, puedes obtener copia de tu permiso de conducir

Prorroga permisos de conducir y canjes

Confirmado. El Ministerio prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de alarma.

La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español.

La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos durante el estado de alarma.

mas info aqui

Dgt Valencia cerrada por el estado de alarma

La DGT de Valencia está cerrada debido al estado de alarma y quedan suspendidos los plazos de los tramites en curso.

Faltaria concretar que pasa si te caduca el carnet en estos dias de alarma, si es necesario renovarlo o la DGT ampliará los plazos tambien de este trámite. Pienso que con lo que indica la DGT la caducidad está suspendida.

El 060 no admite citas, y dgt.es tampoco.

Intentaremos manteneros lo más informados posible.

Como canjear mi Permiso de Conducir de otro País

Si necesitas realiar un canje de tu permiso de  conducir, debes saber que es posible (dependiendo del país) Incluso es obligatorio si residimos en España más de 6 meses.

Para los paises de la UE, la cita debes pedirla en este enlace:

https://sedeapl.dgt.gob.es/WEB_NCIT_CONSULTA/solicitarCita.faces

Importante: solicitando la cita para Renovacion de Permisos de Condución (UE/EEE)

Si nuestro pais de origen no pertenece a la UE, solo podremos canjear el permiso de los paises siguientes:

Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Macedonia, Marruecos, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela. solicitando cita en el enlace que aparece en esta pagina:

https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/canje-de-permisos/

Son los paises que tienen Convenio con en nuestro para este tramite. Ahora mismo están paralizados los canjes de permisos de Venezuela, consulta en la DGT cuando se levanta esa paralización.

Puedes revisar el estado de la cita en la web de la DGT. Los estados posibles son:

    • PENDIENTE: el país del solicitante no ha contestado todavía a la petición de información realizada.
    • CONTESTADA: el solicitante podrá ser atendido el día indicado, sin que ello indique la concesión del canje.
    • RECHAZADA: el país del solicitante indica que no tiene datos del mismo.
    • EN TRÁMITE: sólo aplicable para países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, el solicitante será atendido el día de la cita.

Una vez tengamos la cita previa, en Jefatura nos van a pedir lo siguiente:

  • una solicitud (puedes descargarla aqui)
  • una foto tamaño carnet
  • un reconocimiento médico psicotecnico (eso te lo hacemos nosotros 🙂 . Pidenos cita para una Obtención aqui: ).
  • El pago de una Tasa . Importante señalar que la DGT no admite efectivo, solo tarjetas de credido o debito. Si querenos hacerlo en efectivo, tendremos que ir a un banco, pagar la tasa y volver. Nos guardan la misma cita, no hay que pedir otra si lo hacemos en el acto

Con todo esto, la DGT nos cambiará el permiso de conducir de nuestro pais de origen por el español y nos lo enviará a nuestrpo domicilio por correo.

Es importante que el permiso original este en vigor, al menos en el momento de solicitar la cita.