¿SE PUEDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI HAS SUFRIDO UN INFARTO?

En nuestro centro médico Cermeval, en Valencia, puedes realizar todo el proceso de renovación de tu permiso de conducir si padeces de cualquier enfermedad cardíaca. Alguna de las más habituales son el infarto de miocardio o la angina de pecho.

El infarto de miocardio viene provocado por la obstrucción del riego sanguíneo que riega al propio corazón. Esta obstrucción puede llegar a provocar una parada cardíaca y poner en peligro la vida del paciente. Sin embargo, hay infartos en los que no se produce una obstrucción total y mantenida en el tiempo y de los que el paciente se puede recuperar. En este marco podríamos introducir las anginas, que son eventos trombóticos de menor índole.

Tras sufrir un infarto la posibilidad de retomar la actividad al volante dependerá de la gravedad del mismo y de las capacidades que muestre el paciente tras su recuperación. En este sentido, se deberá esperar un período de tres meses antes de volver a conducir para los permisos: AM, A1, A2, A, B, B+E, LCC, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+Ey se deberá contar con la autorización del especialista. Además, tras un segundo infarto no podrán renovar el carnet los permisos: C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E.

La autorización del especialista dependerá no solo de la recuperación tras el infarto, sino de la no aparición de secuelas como arritmias o fatiga que puedan interferir con la conducción. El cardiólogo deberá tener en cuenta la capacidad funcional del paciente una vez sufrido el infarto.

Para valorar la capacidad funcional tras un evento cardíaco, la Dirección General de Tráfico (DGT) se basa en la clasificación de la New York Heart Association en clases de actividad física de la persona objeto de exploración.

Clase funcional I: aquí se incluyen los pacientes que tras sufrir infarto o algún evento cardíaco pueden desarrollar su vida diaria sin fatiga, disnea, dolor anginoso o arritmias.

Clase funcional II: la actividad diaria provoca la aparición de síntomas.

Clase funcional III: una actividad más suave a la diaria provoca aparición de síntomas.

Clase funcional IV: incluso en reposo se produce la aparición de síntomas.

¿SE PUEDE CONDUCIR LLEVANDO MARCAPASOS?

En este apartado, la DGT según la Modificación del Reglamento General de Conductores, aprobada por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo indica que para renovar el carnet de conducir con un marcapasos implantado se deberán cumplir los siguientes períodos:

Para los permisos del grupo 1 (AM, A1, A2, A, B, B+E, LCC): tras al menos dos semanas desde la implantación, y con informe favorable del cardiólogo, que verifique el buen estado del dispositivo y la curación de la herida, se podrá obtener o prorrogar el permiso con periodo de vigencia de 3 años.

Para los permisos del grupo 2(C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E) conductores profesionales: Transcurridas al menos 4 semanas desde la implantación, y con informe favorable del cardiólogo, que verifique el buen estado del dispositivo y la curación de la herida, se podrá obtener o prorrogar el permiso con periodo de vigencia de 2 años.

¿PERMITE LA DGT CONDUCIR CON MARCAPASOS O CON DAI?

En ambas situaciones la conducción está permitida pero sujeta al criterio médico. Tanto en el caso del marcapasos, como en el del desfibrilador automático implantable, los tiempos de renovación son diferentes a los de los conductores que no padecen afecciones cardíacas.

En el caso de aquellos conductores no profesionales que portan un desfibrilador automático implantado en el tórax, podrán renovar el permiso de conducir a los tres meses de la implantación si es para prevención secundaria, o a las dos semanas si es para prevención primaria. Estos conductores podrán mantener la vigencia de la renovación del permiso durante un año.

Si el desfibrilador ha tenido que ejercer su función aplicando una descarga apropiada, habrá que esperar 3 meses más la autorización facultativa para la renovación. Por otro lado, si la descarga ha sido inapropiada será necesario restablecer las medidas para evitar nuevas descargas, y solo en ese momento se podrá obtener el visto del especialista para proceder a la renovación.

En el caso de los conductores del grupo 2 (profesionales) no se admite la implantación de este dispositivo. Por lo tanto no podrían ejercer.

¿CADA CUÁNTO TIEMPO TENGO QUE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI TENGO PROBLEMAS CARDÍACOS?

En el caso de los conductores no profesionales (grupo 1) que hayan sufrido un infarto, tras autorización del especialista se podrá obtener o prorrogar el carnet de conducir con un periodo de validez de 1 año. Tras este primer año el período de vigencia será de 3 años a lo sumo. Para este mismo grupo de conductores que hayan padecido angina, se podrá renovar el permiso de circulación durante 3 años previo visto bueno del cardiólogo y con el tratamiento adecuado.

PATOLOGÍA RENOVACIÓN CONDUCTORES NO PROFESIONALES CONDUCTORES PROFESIONALES
Infarto 1ª renovación 1 año 1 año
2ª renovación Cada 3 años Cada 2 años
Angina 1ª renovación Cada 3 años Cada 2 años

Para los conductores profesionales (grupo 2), se podrá renovar el permiso de conducir durante un añoy a posteriori se podrá actualizar el carnet de conducir cada 2 años, previa superación de diferentes pruebas de esfuerzo y autorización facultativa. En el caso de la angina se podrá validar la renovación cada dos años desde la autorización del cardiólogo y la superación de las pertinentes pruebas médicas.

En este apartado hemos mencionado dos de las patologías cardíacas más habituales. Para más información sobre otras patologías puedes consultar la información publicada en el BOE en este enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-4958

CONSEJOS PARA LOS PACIENTES DE INFARTO O ANGINA

Teniendo en cuenta la posibilidad de recaída y los efectos adversos que pueden originar los medicamentos pautados tras sufrir un evento trombótico coronario.

Desde Cermeval queremos indicarte algunos consejos que hagan tu conducción más segura.

Uno de los principales factores de riesgo del infarto es el estrés y/o la ansiedad. Esta situación se puede dar al volante sobre todo si conducimos en grandes ciudades y en horas punta. Por lo tanto, te recomendamos que programes tus trayectos intentando evitar las grandes aglomeraciones de vehículos.

En cuanto a los efectos adversos de los medicamentos, uno de los principales a tener en cuenta son las hemorragias. Si estás medicado con algún anticoagulante como la Warfarina, clopidogrel, acenocumarol entre otros; debes prestar especial atención si sufres alguna contusión ya que serás propenso a las hemorragias. Por lo tanto, ante cualquier síntoma o ante cualquier evidencia de alguna hemorragia deberás evitar la conducción y consultar al especialista.

Debido a la aparición de fatiga o angustia que pueden experimentar los pacientes cardíacos, es recomendable parar y detectar con la mayor antelación posible la aparición de alguno de estos episodios. Puede ser recomendable conducir acompañado para recibir apoyo de nuestros acompañantes.

Al margen de la conducción, te recordamos que debes seguir una dieta baja en grasa y una vida deportiva activa para evitar futuros infartos o anginas. Evitar los alimentos grasos y aumentar la ingesta de fruta y verdura favorecerá que la recuperación tras el infarto sea óptima y evitará futuros problemas cardíacos.

Y sobre todo, acudir periódicamente al especialista para mantener una correcta situación cardíaca y minimizar al máximo el riesgo de sufrir alguna recaída al volante.

QUÉ PRECIO TENGO QUE PAGAR POR LA RENOVACIÓN DEL CARNET SI HE SUFRIDO UN INFARTO

Al margen de las tasas habituales de la DGT para la renovación del permiso de conducir, que rondan los 25€, en Cermeval tenemos unas tarifas muy competitivas, más económicas de lo que te imaginas.

Además, queremos recordarte que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

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APNEA DEL SUEÑO

QUÉ ES LA APNEA DEL SUEÑO (SAS)

Se trata de un trastorno del sueño a nivel respiratorio que se produce durante el sueño de manera repetitiva, con una duración superior a los 10 segundos y con un mínimo de 5-10 episodios/hora.

Durante estas pausas en la respiración se produce una disminución de la saturación arterial de oxígeno superior a un 4% de la basal. También se activa el sistema simpático, que está relacionado con una mayor frecuencia de enfermedades cardiovasculares en estos pacientes.

El más común es el SAS obstructivo o síndrome de Pickwick, el cual se produce por un bloqueo de las vías respiratorias superiores.

QUE CAUSA LA APNEA DEL SUEÑO

En la mayoría de los casos la apnea del sueño está relacionada con el abultamiento y/o laxitud de músculos y otros tejidos del cuello y garganta. Esto puede estar provocado por el consumo de drogas (ansiolíticos, alcohol, etc.) o simplemente por la edad avanzada. También pueden causar apnea del sueño la estructura física del paciente o lesiones cerebrales y neurológicas.

A modo orientativo, los motivos que suelen llevar a sufrir las causas que provocan la apnea están relacionados con:

  • Sobrepeso/obesidad. Cuellos gordos/papada.
  • Grandes amígdalas o vegetaciones.
  • Hipertensión.
  • Mandíbula retrasada.
  • Consumo de alcohol o tabaco.
  • Congestión nasal habitual.
  • Factores genéticos.
  • Sindrome de Down.
  • Malformaciones de estrutura facial.

CÓMO SE DETECTA

Dado que la apnea del sueño se produce durante los momentos de mayor relajación, el paciente no suele acordarse de este problema o puede pensar que se ha despertado por otro motivo. Estos hechos ocasionan que no sea fácil de detectar por uno mismo. Sí es detectado fácilmente por una persona que observe el sueño del paciente. Ronquidos altos, silencios repentinos o sobresaltos son habituales. Otra forma de detectarlo es a través de los síntomas que provoca (cansancio, somnolencia, narcolepsia, falta de concentración, dolores de cabeza, insomnio, ansiedad, depresión, irritabilidad, sequedad de garganta y boca y ronquera).

Existe un test rápido para la detección de la somnolencia llamado Test de Epworth.

El siguiente paso, una detectada la posibilidad de estar sufriendo apnea del sueño, es conocer el grado del problema y el motivo concreto que lo provoca. Con este objetivo se puede realizar un estudio del sueño o polisomnografía junto con una oximetría y/o con la escala de somnolencia de Epworth.

TRATAMIENTO DE LA APNEA DEL SUEÑO OBSTRUCTIVA

Todo tratamiento debe ser prescrito por un médico especialista en la materia y dependerá del grado de la apnea y del motivo que lo provoca.

Las recomendaciones más comunes y habituales suelen estar relacionadas con la pérdida de peso, actividad física, la reducción o supresión de alcohol, sedantes, tabaco u otras drogas, cambiar la posición del descanso.

Otro tratamiento es el uso de una máquina que provee presión de aire continua y regular que mantiene abiertas las vías respiratorias y evita en la mayoría de los casos la apnea del sueño obstructiva. Este aparato se le conoce con las siglas CPAP (continuous positive airway pressure). Es el tratamiento más usado junto con el cambio de hábitos saludables y que tiene un alto porcentaje de éxito. Existen distintos tipos de CPAP y de mascarillas que se adaptan a cada paciente y se recomienda que sea un médico quien prescriba el CPAP que mejor se adapte a cada paciente y antes de cambiar de una máquina a otra se recomienda asegurarse de que se está utilizando correctamente.

Uso de dispositivos orales: son piezas que se introducen en la boca para adelantar la mandíbula mientras el paciente duerme y buscar dar una mayor apertura de las vías respiratorias al paciente.

Cirugía: hay distintos procedimientos quirúrgicos, pero los más comunes son la implantación de varillas en el paladar, la uvulopalatofaringoplastia, que retira una parte de tejido de la parte posterior de la boca y/o garganta y la traqueotomía, que abre un orificio en la tráquea insertando un tubo en el mismo.

La cirugía suele ser la última opción dado su carácter irreversible, los riesgos asociados a cualquier cirugía y el hecho de que la cirugía no asegura al 100% corregir la apnea.

APNEA DEL SUEÑO Y CONDUCCIÓN

La apnea del sueño puede tener una incidencia grande durante la conducción de vehículos en la red de carreteras. De hecho, la somnolencia que provoca la apnea del sueño es una de las principales causas de accidentes de tráfico, ya sea con resultado o no de muerte. Se estima, por distintos estudios realizados en distintos países que el porcentaje puede estar entorno al 2,5% y 3,5%.

No solamente causa somnolencia la apnea obstructiva, pero sí se ha demostrado que es la que más riesgo representa.

Ante estos datos, la Unión Europea incluyó esta dolencia entre los requisitos psicofísicos necesarios para la obtención y el mantenimiento de los diferentes permisos de conducción. España decidió actualizar su reglamento de conductores mediante el Real Decreto 1055/2015 de 20 de noviembre. En su anexo IV, punto 7.2 se introducen los criterios SAHS grave y las restricciones para la obtención de los permisos de conducción.

Dependiendo de tipo de vehículos y del grado de somnolencia diagnosticado se contempla incluso la no admisión del permiso de conducir. Sin embargo, en la mayoría de casos, presentando un informe favorable de una unidad de sueño (UDS) en el que aparezca un adecuado cumplimiento del tratamiento y un control clínico satisfactorio de la enfermedad se podrá acceder a la obtención del permiso de conducir.

De esta forma, los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) deben valorar individualmente a cada conductor respecto a la somnolencia y la apnea del sueño. En el caso de no presentar el informe de la unidad del sueño el permiso de conducir será interrumpido.

Para los conductores no diagnosticados se recomienda realizar en las CRC dos sistemas de cribado (cuestionario Stop-Bang y el test de Epworth), lo que junto con la existencia de accidentes con víctimas en los tres últimos años servirá para decidir la aptitud o no para conducir.

INCIDENCIA DE LA APNEA DEL SUEÑO EN LA CONDUCCIÓN

Hay múltiples trabajos que describen los siguientes efectos en las personas que tienen apneas del sueño:

Tienen mayor probabilidad que la población general de sufrir un accidente.

Hay una asociación directa entre apneas del sueño y accidentes de tráfico, que además, se incrementa cuando se consume alcohol durante el trayecto.

Que los roncadores habituales con apneas tienes también un mayor riesgo de sufrir accidentes que los que no roncan.

CONCLUSIONES

Las personas que padecen apnea del sueño que se encuentren sin tratamiento no pueden conducir.

Los pacientes con apnea del sueño obstructivo tratados y controlados con periódicas revisiones médicas podrán obtener o renovar el carnet de conducir con los tiempos que marca la ley.

Los pacientes deben evitar los sedantes para dormir y los diuréticos al final del día, no tomar alcohol, no fumar, no tomar cenas copiosas y acostarse sobre un lado para mantener las vías respiratorias más abiertas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

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¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

Si necesitas actualizar tu permiso de conducir acreditando que tu diabetes está perfectamente controlada, en nuestro centro de reconocimientos médicos Cermeval, en Valencia, puedes realizar este trámite de una forma rápida y cómoda.

TODO LO QUE DEBES SABER PARA RENOVAR EL CARNET SI TIENES DIABETES

La renovación del permiso de conducir de una persona diabética transcurre de igual forma que la de una persona que no lo es, a excepción de que el paciente diabético deberá aportar en el centro de reconocimiento un informe de su endocrino en el que se certifique que la patología esté perfectamente controlada.

Sigue leyendo y comprueba qué requisitos debes cumplir para poder realizar la renovación del carnet sin problemas.

¿POR QUÉ LOS DIABÉTICOS TIENEN QUE APORTAR UN INFORME MÉDICO PARA RENOVAR EL PERMISO DE CONDUCIR?

La necesidad del informe de un especialista endocrino radica en que, para que la DGT acepte la renovación del carnet de conducir de un paciente diabético, tiene que estar debidamente acreditado que la enfermedad está controlada.

Es decir, el paciente no debe haber sufrido períodos severos de hipoglucemia en el último año, así como tampoco deben haber aparecido enfermedades aparejadas a la diabetes: retinopatías, neuropatías, enfermedades vasculares …

¿CADA CUÁNTO TIEMPO DEBE RENOVAR UNA PERSONA CON DIABETES EL PERMISO DE CONDUCIR?

Si bien los plazos normales de renovación en individuos sanos es de 10 años hasta cumplir los 65 años y de 5 años a partir de esta edad, en las personas que padecen diabetes encontramos diferentes períodos en función del grado de su enfermedad y en función del tipo de permiso a renovar.

Por lo general, una persona con diabetes deberá renovar el carnet de conducir cada 5 años según la directiva europea de 2010.

Para casos excepcionales, en los que el paciente diabético es un conductor profesional, los períodos oscilan entre uno y tres años. Un año para conductores profesionales insulino dependientes, y tres años para los profesionales de la conducción tratados únicamente con antidiabéticos orales.

De todas formas, estos períodos pueden variar en función del criterio facultativo, ya que si el endocrino interpreta que la enfermedad no está lo suficientemente controlada para proponer un período de renovación acorde a lo que fija la ley, podrá reducirlo en cuánto lo estime oportuno.

Te dejamos un cuadro con los diferentes períodos de renovación del carnet. Todos ellos los tenemos disponibles en nuestro centro Cermeval en Valencia.

Tipo de conductor/a Tipo de permiso Período de validez del permiso (años)
Conductor diabético (CD) no profesional AM, A1, A2, A, B y B+E. 5
CD profesional no insulino dependiente (diabetes tipo 2) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 3
CD profesional insulino dependiente (diabetes tipo 1) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 1

¿POR QUÉ EL PERÍODO DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR EN DIABÉTICOS ES MENOR?

Para que el paciente diabético conduzca con toda la seguridad posible sin poner en riesgo su vida y la de los demás conductores.

Como bien sabes, uno de los principales síntomas de la diabetes es la hipoglucemia. La hipoglucemia al volante es muy peligrosa ya que puede provocar episodios de pérdida de la conciencia. Por lo tanto, el endocrino debe acreditar regularmente que estos episodios no se producen y que la enfermedad está perfectamente controlada.

Además de la hipoglucemia, de la diabetes se derivan otra serie de secuelas que se reproducen en diferentes partes del organismo.

Tanto el oído como la visión pueden verse afectados durante un pico de glucemia. Los capilares sanguíneos que riegan estos órganos pueden verse afectados y por ende podemos perder visión y/o audición.

Otra de las afectaciones orgánicas derivadas de la diabetes es la pérdida de sensibilidad y las alteraciones neurológicas.El aumento de azúcar en sangre puede interferir en el correcto funcionamiento de los nervios. Esto puede llevar a tener problemas a la hora de usar los pedales del coche por pérdida de sensibilidad o por fallos en el movimiento.

¿CADA CUANTO SE RENUEVAN EN FUNCION DE LA EDAD LOS DIFERENTES CARNETS DE CONDUCIR Y DE BARCO EN DIABÉTICOS?

Como hemos visto, los períodos de renovación del carnet de conducir en diabéticos oscilan entre los 5 y 1 años en función del tipo de conductor y de diabetes. Igualmente hemos visto que estos períodos pueden cambiar en función del criterio médico.

Por otra parte, en cuanto a la renovación del permiso de patrón en diabéticos se deberá realizar cada cuatro años. De igual forma, este período puede verse alterado dependiendo de la evaluación del especialista.

Es importante recordar que en cuanto a la renovación del permiso de patrón lo que se debe renovar son las tarjetas que lo acreditan ya que el título de patrón no tiene fecha de caducidad.

RECOMENDACIONES DIETÉTICAS PARA EL MANEJO DE LA DIABETES

La principal recomendación alimentaria que se debe dar a un diabético es la de seguir una dieta sana, variada y equilibrada. Esto quiere decir que se debe realizar un reparto de los nutrientes de un 50-60% de hidratos de carbono, un 20/30% de proteínas y un 15/30% de grasas.

Generalmente un adulto diabético debe consumir unas 35 Kcal/kg/día, es decir, unas 2500 calorías al día aproximadamente.

Alguna de las cuestiones alimentarias a tener en cuenta para un diabético es que debe vigilar el consumo de grasas más que una persona que no padezca la enfermedad. Esto se debe a que las grasas pueden disminuir el número de receptores celulares de insulina por lo que dicha hormona perdería efectividad.

Los hidratos de carbono, que durante mucho tiempo han estado casi prohibidos en los diabéticos, deben consumirse al igual que en el resto de la población. Eso sí, se recomienda la ingesta de azúcares de absorción lenta para no provocar picos de azúcar en sangre. Se pueden consumir panes integrales, pastas y legumbres entre otros. Se deben evitar refrescos azucarados y bollería industrial.

En cuanto a la fibra alimentaria, el paciente diabético deberá consumir hasta 35 g/día. Cinco gramos más que las personas no diabéticas. Frutas, verduras y hortalizas son una excelente fuente de fibra alimentaria.

Es importante consumir al menos 1,5 litros de agua al día y como ya sabes se no se aconseja el consumo de alcohol y bebidas azucaradas (zumos industriales, refrescos etc.)

¿CUÁL ES EL PRECIO PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI ERES DIABÉTICO/A?

Los conductores diabéticos deben hacer frente a las mismas tasas para renovar el carnet que los que no padecen dicha enfermedad. Dichas tasas rondan los 25€ a los cuales hay que sumarle los honorarios del centro médico en el que se acredita la idoneidad del conductor para renovar el permiso.

Este hecho puede llevar a la picaresca, es decir, a plantearse el no reconocer la enfermedad durante el reconocimiento para así obtener un período de renovación más prolongado. Desde Cermeval te instamos a no hacerlo ya que puedes poner en peligro tu vida y la de los demás conductores. Además, el ocultar esta dolencia durante el examen médico constituye un delito y en caso de accidente exonera a la compañía de seguros de hacer frente a cualquier compensación.

Por lo tanto, te recomendamos acudir a tu renovación puntualmente y re recordamos que en Cermeval trabajamos con unos precios muy competitivos más económicos de lo que te imaginas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

WHERE TO RENEW YOUR DRIVING LICENSE IN VALENCIA IF YOU ARE DIABETIC?

WHERE TO RENEW YOUR DRIVING LICENSE IN VALENCIA IF YOU ARE DIABETIC?

If you need to renew your driving license and you are diabetic, at our Cermeval medical examination center in Valencia, you can carry out this procedure quickly and comfortably.

EVERYTHING YOU NEED TO KNOW TO RENEW YOUR CARD IF YOU HAVE DIABETES

The renewal of the driving license of a diabetic person takes place in the same way as that of a person who is not, with the exception that the diabetic patient must provide the recognition center with a report from his or her endocrinologist certifying that the pathology is perfectly controlled. Keep reading and check what requirements you must meet to be able to renew your license without problems.

WHY DO DIABETICS HAVE TO PROVIDE A MEDICAL REPORT TO RENEW THEIR DRIVING LICENSE?

The need for a report from an endocrine specialist lies in the fact that, for the General Directorate of Traffic to accept the renewal of a diabetic patient’s driving license, it must be duly proven that the disease is controlled. That is, the patient must not have suffered severe periods of hypoglycemia in the last year, nor must any diseases associated with diabetes have appeared: retinopathies, neuropathies, vascular diseases… However, if associated diseases appear, do not worry, it does not mean that I can’t drive.

HOW OFTEN SHOULD A PERSON WITH DIABETES RENEW THEIR DRIVING LICENSE?

Although the normal renewal periods in healthy individuals are 10 years until reaching the age of 65 and 5 years from this age, in people who suffer from diabetes we find different periods depending on the degree of their disease and depending on the type. permit to renew. Generally, a person with diabetes must renew their driving license every 5 years according to the 2010 European directive. For exceptional cases, in which the diabetic patient is a professional driver, the periods range between one and three years. One year for insulin-dependent professional drivers, and three years for driving professionals treated only with oral antidiabetics. In any case, these periods may vary depending on the physician’s criteria, since if the endocrinologist interprets that the disease is not sufficiently controlled to propose a renewal period in accordance with what is established by law, he may reduce it as much as he deems appropriate.

WHY IS THE DRIVER’S LICENSE RENEWAL PERIOD FOR DIABETIC PEOPLE IS SHORTER?

So that the diabetic patient can drive as safely as possible without putting his or her life and that of other drivers at risk. As you well know, one of the main symptoms of diabetes is hypoglycemia. Hypoglycemia while driving is very dangerous as it can cause episodes of loss of consciousness. Therefore, the endocrinologist must regularly prove that these episodes do not occur and that the disease is perfectly controlled. In addition to hypoglycemia, diabetes results in another series of sequelae that are reproduced in different parts of the body. Both hearing and vision can be affected during a blood sugar spike. The blood capillaries that supply these organs can be affected and therefore we can lose vision and/or hearing. Another of the organic effects derived from diabetes is the loss of sensitivity and neurological alterations. Increased blood sugar can interfere with the proper functioning of the nerves. This can lead to problems when using the car pedals due to loss of sensitivity or failures in movement.

HOW OFTEN ARE DIFFERENT DRIVING AND BOAT LICENSES RENEWED DEPENDING ON AGE FOR DIABETIC PEOPLE?

As we have seen, the renewal periods for diabetic driving licenses range between 5 and 1 years depending on the type of driver and diabetes. We have also seen that these periods can change depending on medical criteria. On the other hand, regarding the renewal of the employer’s permit for diabetics, it must be carried out every four years. Likewise, this period may be altered depending on the specialist’s evaluation. It is important to remember that regarding the renewal of the skipper’s permit, what must be renewed are the cards that accredit it since the skipper’s title has no expiration date.

DIETARY RECOMMENDATIONS FOR THE MANAGEMENT OF DIABETES

The main dietary recommendation that should be given to a diabetic is to follow a healthy, varied and balanced diet. This means that a distribution of nutrients must be made of 50-60% carbohydrates, 20/30% proteins and 15/30% fats. Generally, a diabetic adult should consume about 35 Kcal/kg/day, that is, approximately 2500 calories per day. Some of the dietary issues to take into account for a diabetic is that they must watch their fat consumption more than a person who does not suffer from the disease. This is because fats can decrease the number of cellular insulin receptors, so this hormone would lose effectiveness. Carbohydrates, which for a long time have been almost prohibited for diabetics, should be consumed as in the rest of the population. Of course, the intake of slowly absorbed sugars is recommended to avoid causing blood sugar spikes.

You can consume whole grain breads, pastas and legumes, among others. Sugary soft drinks and industrial pastries should be avoided. Regarding dietary fiber, diabetic patients should consume up to 35 g/day. Five grams more than non-diabetic people. Fruits, vegetables and greens are an excellent source of dietary fiber. It is important to consume at least 1.5 liters of water a day and, as you already know, the consumption of alcohol and sugary drinks (industrial juices, soft drinks, etc.) is not recommended.

WHAT IS THE PRICE TO RENEW YOUR DRIVER’S LICENSE IF YOU ARE DIABETIC?

Diabetic drivers must face the same fees to renew their license as those who do not suffer from this disease. These fees are around €25, to which must be added the fees of the medical center where the driver’s suitability to renew the permit is accredited. This fact can lead to picaresque, that is, to considering not recognizing the disease during recognition in order to obtain a longer renewal period. At Cermeval we urge you not to do so as you may endanger your life and that of other drivers. Furthermore, concealing this condition during the medical examination constitutes a crime and in the event of an accident exonerates the insurance company from facing any compensation. Therefore, we recommend that you attend your renewal on time and we remind you that at Cermeval we work with very competitive prices that are cheaper than you imagine. Finally, we remind you that at Cermeval we will be happy to assist you, remember we are in Valencia next to the Provincial Traffic Headquarters, open from Monday to Saturday.


 

¿DÓNDE RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR EN VALENCIA SI ERES DIABÉTICO?

Si necesitas renovar  tu permiso de conducir y eres diabético , en nuestro centro de reconocimientos médicos Cermeval, en Valencia, puedes realizar este trámite de una forma rápida y cómoda.

TODO LO QUE DEBES SABER PARA RENOVAR EL CARNET SI TIENES DIABETES

La renovación del permiso de conducir de una persona diabética transcurre de igual forma que la de una persona que no lo es, a excepción de que el paciente diabético deberá aportar en el centro de reconocimiento un informe de su endocrino en el que se certifique que la patología esté perfectamente controlada.

Sigue leyendo y comprueba qué requisitos debes cumplir para poder realizar la renovación del carnet sin problemas.

¿POR QUÉ LOS DIABÉTICOS TIENEN QUE APORTAR UN INFORME MÉDICO PARA RENOVAR EL PERMISO DE CONDUCIR?

La necesidad del informe de un especialista endocrino radica en que, para que la Dirección General de Trafico acepte la renovación del carnet de conducir de un paciente diabético, tiene que estar debidamente acreditado que la enfermedad está controlada.

Es decir, el paciente no debe haber sufrido períodos severos de hipoglucemia en el último año, así como tampoco deben haber aparecido enfermedades aparejadas a la diabetes: retinopatías, neuropatías, enfermedades vasculares … sin embargo si aparecieran enfermedades asociadas, no se preocupe, no significa que no pueda conducir.

¿CADA CUÁNTO TIEMPO DEBE RENOVAR UNA PERSONA CON DIABETES EL PERMISO DE CONDUCIR?

Si bien los plazos normales de renovación en individuos sanos es de 10 años hasta cumplir los 65 años y de 5 años a partir de esta edad, en las personas que padecen diabetes encontramos diferentes períodos en función del grado de su enfermedad y en función del tipo de permiso a renovar.

Por lo general, una persona con diabetes deberá renovar el carnet de conducir cada 5 años según la directiva europea de 2010.

Para casos excepcionales, en los que el paciente diabético es un conductor profesional, los períodos oscilan entre uno y tres años. Un año para conductores profesionales insulino dependientes, y tres años para los profesionales de la conducción tratados únicamente con antidiabéticos orales.

De todas formas, estos períodos pueden variar en función del criterio facultativo, ya que si el endocrino interpreta que la enfermedad no está lo suficientemente controlada para proponer un período de renovación acorde a lo que fija la ley, podrá reducirlo en cuánto lo estime oportuno.

Te dejamos un cuadro con los diferentes períodos de renovación del carnet. Todos ellos los tenemos disponibles en nuestro centro Cermeval en Valencia.

Tipo de conductor/a Tipo de permiso Período de validez del permiso (años)
Conductor diabético (CD) no profesional AM, A1, A2, A, B y B+E. 5
CD profesional no insulino dependiente (diabetes tipo 2) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 3
CD profesional insulino dependiente (diabetes tipo 1) C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E 1
¿POR QUÉ EL PERÍODO DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR EN DIABÉTICOS ES MENOR?

Para que el paciente diabético conduzca con toda la seguridad posible sin poner en riesgo su vida y la de los demás conductores.

Como bien sabes, uno de los principales síntomas de la diabetes es la hipoglucemia. La hipoglucemia al volante es muy peligrosa ya que puede provocar episodios de pérdida de la conciencia. Por lo tanto, el endocrino debe acreditar regularmente que estos episodios no se producen y que la enfermedad está perfectamente controlada.

Además de la hipoglucemia, de la diabetes se derivan otra serie de secuelas que se reproducen en diferentes partes del organismo.

Tanto el oído como la visión pueden verse afectados durante un pico de glucemia. Los capilares sanguíneos que riegan estos órganos pueden verse afectados y por ende podemos perder visión y/o audición.

Otra de las afectaciones orgánicas derivadas de la diabetes es la pérdida de sensibilidad y las alteraciones neurológicas.El aumento de azúcar en sangre puede interferir en el correcto funcionamiento de los nervios. Esto puede llevar a tener problemas a la hora de usar los pedales del coche por pérdida de sensibilidad o por fallos en el movimiento.

¿CADA CUANTO SE RENUEVAN EN FUNCION DE LA EDAD LOS DIFERENTES CARNETS DE CONDUCIR Y DE BARCO EN DIABÉTICOS?

Como hemos visto, los períodos de renovación del carnet de conducir en diabéticos oscilan entre los 5 y 1 años en función del tipo de conductor y de diabetes. Igualmente hemos visto que estos períodos pueden cambiar en función del criterio médico.

Por otra parte, en cuanto a la renovación del permiso de patrón en diabéticos se deberá realizar cada cuatro años. De igual forma, este período puede verse alterado dependiendo de la evaluación del especialista.

Es importante recordar que en cuanto a la renovación del permiso de patrón lo que se debe renovar son las tarjetas que lo acreditan ya que el título de patrón no tiene fecha de caducidad.

RECOMENDACIONES DIETÉTICAS PARA EL MANEJO DE LA DIABETES

La principal recomendación alimentaria que se debe dar a un diabético es la de seguir una dieta sana, variada y equilibrada. Esto quiere decir que se debe realizar un reparto de los nutrientes de un 50-60% de hidratos de carbono, un 20/30% de proteínas y un 15/30% de grasas.

Generalmente un adulto diabético debe consumir unas 35 Kcal/kg/día, es decir, unas 2500 calorías al día aproximadamente.

Alguna de las cuestiones alimentarias a tener en cuenta para un diabético es que debe vigilar el consumo de grasas más que una persona que no padezca la enfermedad. Esto se debe a que las grasas pueden disminuir el número de receptores celulares de insulina por lo que dicha hormona perdería efectividad.

Los hidratos de carbono, que durante mucho tiempo han estado casi prohibidos en los diabéticos, deben consumirse al igual que en el resto de la población. Eso sí, se recomienda la ingesta de azúcares de absorción lenta para no provocar picos de azúcar en sangre. Se pueden consumir panes integrales, pastas y legumbres entre otros. Se deben evitar refrescos azucarados y bollería industrial.

En cuanto a la fibra alimentaria, el paciente diabético deberá consumir hasta 35 g/día. Cinco gramos más que las personas no diabéticas. Frutas, verduras y hortalizas son una excelente fuente de fibra alimentaria.

Es importante consumir al menos 1,5 litros de agua al día y como ya sabes se no se aconseja el consumo de alcohol y bebidas azucaradas (zumos industriales, refrescos etc.)

¿CUÁL ES EL PRECIO PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR SI ERES DIABÉTICO/A?

Los conductores diabéticos deben hacer frente a las mismas tasas para renovar el carnet que los que no padecen dicha enfermedad. Dichas tasas rondan los 25€ a los cuales hay que sumarle los honorarios del centro médico en el que se acredita la idoneidad del conductor para renovar el permiso.

Este hecho puede llevar a la picaresca, es decir, a plantearse el no reconocer la enfermedad durante el reconocimiento para así obtener un período de renovación más prolongado. Desde Cermeval te instamos a no hacerlo ya que puedes poner en peligro tu vida y la de los demás conductores. Además, el ocultar esta dolencia durante el examen médico constituye un delito y en caso de accidente exonera a la compañía de seguros de hacer frente a cualquier compensación.

Por lo tanto, te recomendamos acudir a tu renovación puntualmente y re recordamos que en Cermeval trabajamos con unos precios muy competitivos más económicos de lo que te imaginas.

Por último te recordamos que en Cermeval estaremos encantados de atenderle, recuerde estamos en Valencia junto a la Jefatura Provincial de Tráfico, abiertos de lunes a sábado.

¿Y si miento en el reconocimiento médico?

test psicotecnicoHay determinadas enfermedades que limitan la duración del permiso de conducir, o nos causan otras limitaciones. Puede ser que pensemos en no decirlas durante el reconocimiento, y así renovaremos por más tiempo. En este artículo de el debate vemos los inconvenientes. Y no son pocos…

De verdad, ¿merece la pena por tener el carnet de conducir más tiempo, arriesgarnos a tener problemas con el seguro en un siniestro, o incurrir en falsedad en documental? En Cermeval pensamos que no… Y además estamos colaborando a una mejor seguridad vial. No te la juegues!!

 

Que hago si he perdido mi permiso de conducir

Si has perdido, o no encuentras tu permiso de conducir, en este caso, tu permiso está en vigor por lo que tienes dos opciones: Si dispones de un sistema de identificación ante la administración que se llama cl@ve-Pin, puedes descargarte la aplicación mi Dgt que te permite llevar tu carnet de conducir en el movil. Si no tienes ese sistema de identificación, puedes obtenerlo aqui.

La otra opción es solicitar un duplicado en el 060. El problema es que necesitas comprar una tasa de 20.80 € por internet, por lo que necesitas tener certificado digital. Con la opción de la APP evitas ese gasto de 20.80 €.

De esta forma, puedes obtener copia de tu permiso de conducir

Prorroga permisos de conducir y canjes

Confirmado. El Ministerio prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de alarma.

La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español.

La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos durante el estado de alarma.

mas info aqui

Dgt Valencia cerrada por el estado de alarma

La DGT de Valencia está cerrada debido al estado de alarma y quedan suspendidos los plazos de los tramites en curso.

Faltaria concretar que pasa si te caduca el carnet en estos dias de alarma, si es necesario renovarlo o la DGT ampliará los plazos tambien de este trámite. Pienso que con lo que indica la DGT la caducidad está suspendida.

El 060 no admite citas, y dgt.es tampoco.

Intentaremos manteneros lo más informados posible.

Como canjear mi Permiso de Conducir de otro País

Si necesitas realiar un canje de tu permiso de  conducir, debes saber que es posible (dependiendo del país) Incluso es obligatorio si residimos en España más de 6 meses.

Para los paises de la UE, la cita debes pedirla en este enlace:

https://sedeapl.dgt.gob.es/WEB_NCIT_CONSULTA/solicitarCita.faces

Importante: solicitando la cita para Renovacion de Permisos de Condución (UE/EEE)

Si nuestro pais de origen no pertenece a la UE, solo podremos canjear el permiso de los paises siguientes:

Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Macedonia, Marruecos, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela. solicitando cita en el enlace que aparece en esta pagina:

https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/canje-de-permisos/

Son los paises que tienen Convenio con en nuestro para este tramite. Ahora mismo están paralizados los canjes de permisos de Venezuela, consulta en la DGT cuando se levanta esa paralización.

Puedes revisar el estado de la cita en la web de la DGT. Los estados posibles son:

    • PENDIENTE: el país del solicitante no ha contestado todavía a la petición de información realizada.
    • CONTESTADA: el solicitante podrá ser atendido el día indicado, sin que ello indique la concesión del canje.
    • RECHAZADA: el país del solicitante indica que no tiene datos del mismo.
    • EN TRÁMITE: sólo aplicable para países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, el solicitante será atendido el día de la cita.

Una vez tengamos la cita previa, en Jefatura nos van a pedir lo siguiente:

  • una solicitud (puedes descargarla aqui)
  • una foto tamaño carnet
  • un reconocimiento médico psicotecnico (eso te lo hacemos nosotros 🙂 . Pidenos cita para una Obtención aqui: ).
  • El pago de una Tasa . Importante señalar que la DGT no admite efectivo, solo tarjetas de credido o debito. Si querenos hacerlo en efectivo, tendremos que ir a un banco, pagar la tasa y volver. Nos guardan la misma cita, no hay que pedir otra si lo hacemos en el acto

Con todo esto, la DGT nos cambiará el permiso de conducir de nuestro pais de origen por el español y nos lo enviará a nuestrpo domicilio por correo.

Es importante que el permiso original este en vigor, al menos en el momento de solicitar la cita.